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Trabajadores de la salud en Infante denuncian amenazas y acoso para que voten por la Constituyente

** La amenaza del despido es la más frecuentes. Al trabajador se le indica que será excluido de su cargo de no votar por la Constituyente el próximo 30 de julio.

Tiempo Real 24.-

VALLE DE LA PASCUA.-  A través de este medio de comunicación digital se han recibido denuncias de algunos  trabajadores de la salud en el municipio Leonardo Infante quienes afirman están siendo amedrentados con el despido en caso de no votar este 30 de julio a favor de la Constituyente.

Por razones obvias, los denunciantes no quisieron dar a conocer sus nombres, temen perder sus cargos, sin embargo, señalan que son llamados constantemente a reuniones, y reciben mensajes de texto donde se les reitera una y otra vez la misma situación.

Explicaron que en días pasados, a cada coordinador de ambulatorio les fue solicitada una planilla donde debían dar a conocer el nombre  y apellido, cedula de identidad y Nro. de teléfono de cada trabajador con la finalidad de llevar un control de cada miembro el día de las votaciones, «Dejando claro que hay que asistir a votar para garantizar el resguardo de su cargo. También han hecho reuniones convocadas por cada coordinador donde nos reiteran que debemos ir a votar de lo contrario podríamos perder el empleo», señala un enfermero quien no quiso ser identificado.

Se conoció además que la última convocatoria a reunión fue realizada el dia viernes 21 de Julio en el auditorio del IUT de Los Llanos, donde nuevamente se reiteró de manera amenazante el llamado a votar este domingo 30 de Julio en por la ANC.

Este caso no es el único, a través del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) se dio a conocer que existen al menos tres patrones de acoso laboral contra trabajadores del sector público para que voten a favor de la Constituyente.

La ONG indica que ha recibido denuncias de empleados que han sido amenazados de 21 organismos públicos diferentes desde el 18 de julio.

Las instituciones son: Metro de Caracas, Movilnet, Pdvsa, Poder Judicial, Pequiven, Fábrica de Insumos 27 de Febrero, Abastos Bicentenario, Ministerio de Banca y Finanzas, Empresas Básicas de Guayana, Distrito Escolar del Municipio Rómulo Gallegos, Sidor, Sudeban, Banco Bicentenario, Saren, Seguros La Previsora, Empresa Hidrosuroeste C.A, Ministerio de Vivienda, Superintendencia de la Actividad Aseguradora, Seguros Federal (Sudeaseg) y Corpoelec.

“Hay otra práctica que se repite: en el Metro de Caracas, las empresas básicas de Guayana, Pequiven y el Banco Bicentenario están imponiendo lo que ellos definen como “1X10” o “1X15”obligando a los trabajadores a asegurar 10 o 15 votos a favor. Es decir que hay dos tipos de despido, si el trabajador no sufraga, pero si además no asegura los votos exigidos”, reseña Provea.

Violencia verbal expresa es otro de los mecanismos de coerción denunciados. Se registraron frases que las víctimas califican como literales por parte de quien ejerce la presión: “voto o plomo”, “no vamos a seguirle matando el hambre a funcionarios que no estén con el proceso”, “atenerse a las peores consecuencias si no acuden a votar”.

Acoso por control. Muchas de las instituciones están implementando un control para asegurarse de que la víctima vote. Piden dirección, teléfonos de contactos, redes sociales, etc.

El pasado 24 de julio rodó por las redes sociales un video en el que se observa a un director de Pdvsa amenazar a los trabajadores de la empresa que no participen en la votación de la ANC. La persona declara que quien no vote está “botao”.

Provea señala que, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Acoso Laboral o “Síndrome de Mobbing, es una forma de acoso psicológico que consiste en el hostigamiento a través de acciones crueles, vengativas o maliciosas para humillar o desestabilizar a un individuo o a grupos de trabajadores.

Resalta además que el artículo 164 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOTTT). Se prohíbe el acoso laboral en los centros de trabajo públicos o privados, entendiéndose como tal el hostigamiento o conducta abusiva ejercida en forma recurrente o continuada por el patrono o la patrona o sus representantes; o un trabajador o una trabajadora; o un grupo de trabajadores o trabajadoras, que atente contra la dignidad o la integridad biopsicosocial de un trabajador, una trabajadora o un grupo de trabajadores y trabajadoras, perturbando el ejercicio de sus labores y poniendo en peligro su trabajo o degradando las condiciones de ambiente laboral.